TRIBUNALES

Los condenados por el caso Pardelas recurren y sostienen que no se sabe quién las cazó

Uno de los recursos afirma que la especie no corre peligro “si se tiene en cuenta que es un ave migratoria que puede llegar por sí misma a las costas de África, en donde no existe protección alguna”

SENTENCIA. Fueron condenados Fernando y Juan Carlos González Berriel, Andrés Curbelo, Antonio Quintana, Victoriano Santana, Juan Cuevas, Jaime Isaac Rodríguez, Orlando José Rivera, Adal González e Ibrahim Josué Cabrera.
Saúl García 0 COMENTARIOS 11/10/2019 - 06:49

Las diez personas condenadas por el guiso de pardelas de Alegranza han recurrido la sentencia. El fallo los condenaba a una pena de multa que supera los 8.700 euros para cada uno por un delito contra el medio ambiente en su modalidad de protección de la fauna, además de la inhabilitación especial para la profesión u oficio relacionado con la caza, así como para el ejercicio del derecho de cazar durante tres años.

La sentencia consideró probado que estas diez personas se pusieron de común acuerdo tanto en la acción como en el resultado y participaron en un convite para degustar diversos ejemplares de pardela cenicienta que previamente habían capturado a sabiendas de que es una especie protegida.

La resolución judicial también absolvió a otras nueve personas que se encontraban en otra zona de la Playa de El Veril porque no se les puede relacionar fehacientemente con el convite ilegal. El Juzgado condenó a las diez personas que aparecían alrededor de la carpa, de pie o sentados, donde estaba el caldero con el guiso.

Los ahora condenados no respondieron a las preguntas de las acusaciones pero las alegaciones de sus recursos son muy similares a lo que alegaron sus defensas, sin ningún éxito, durante la vista oral.

Consideran, en resumen, que se rompió la cadena de custodia de la muestra recogida del guiso y que, por tanto, no se puede confirmar que la muestra analizada, que contenía restos de pardela cenicienta, fuera la que se recogió en el islote.

Alegan que la Guardia Civil guardó esa muestra en una bolsa de basura y no en una bolsa homologada para ese fin y que después entregó la muestra a un veterinario que no tiene la condición de funcionario.

En este sentido, unos alegan que el veterinario era amigo de la sargento y que por eso le entregó la muestra y otros alegan, por el contrario, que no tiene sentido que entregara la muestra “a un tercero desconocido”, refiriéndose al veterinario. Señalan que no impugnaron este hecho de la cadena de custodia antes del juicio porque desconocían esos detalles. 

Entre las alegaciones de los recursos también se encuentra la intervención en el islote. Sostienen que los testimonios de los agentes no reflejan lo que ocurrió en aquel lugar o que uno de los acusados no habló con la sargento y por tanto no pudo reconocer que el guiso era pardela, como afirma el atestado.

“No se aporta ninguna razón objetiva para dudar de la veracidad de las manifestaciones de los acusados confrontadas con las de los agentes de la autoridad”, llega a decir uno de los recursos.

Otro habla de que la jueza tuvo un “claro ánimo parcial” manteniendo una valoración favorable a la versión de los agentes de la Guardia Civil y otro dice que “existen determinadas circunstancias” que hacen dudar de su veracidad y que se podría estar dando “un exceso de celo profesional”.

También manifiestan su extrañeza por el criterio para condenar a unos sí y a otros no. Aseguran que lo que estaban comiendo era un guiso de cabra, no de pardela, que habían llevado expresamente hasta allí y que ni cazaron ni poseyeron ni destruyeron especies protegidas.

Se apoyan en su recurso en que la sentencia determina que se desconoce quién cazó las pardelas, y que ese hecho es lo principal que articula el tipo penal. “No se sabe quién fue ni el momento en que lo hizo”, dicen y sostienen que había más personas en el islote que huyeron cuando llegó la Guardia Civil, a los que pretenden culpar.

“Es más que probable que las personas que se dieron a la fuga y salieron corriendo cuando desembarcaron los agentes de la Guardia Civil hayan sido los autores del delito”, señala uno de los recursos, que considera acreditado que en el islote había nueve barcos, a pesar de que en ningún momento del juicio se dieron detalles sobre esas supuestas embarcaciones.

Los recursos sostienen que la jueza hace un juicio de valor cuando asegura que todos los que estaban en el islote eran conocedores de la caza de pardelas. “La jueza construye una condena sobre un criterio subjetivo, personal, parcial y arbitrario que es que considera que todos los acusados conocían que alguien indeterminado había cazado pardelas”, destaca uno de ellos.

“Si no se puede acreditar quién cazó, cómo se puede afirmar que todos sabían que se estaba cazando”, afirma otro. Uno de los recursos habla de un intento previo de acuerdo con la Fiscalía, que pidió una reunión y quiso guiar la acusación solo contra diez de ellos para llegar a un acuerdo, pero que no hubo conformidad.

También habla de una “evidente ansia de condenas mediáticas de determinadas personas con nombres y apellidos conocidos en la sociedad lanzaroteña” pero que “han disparado a matar errando los tiros”.

Por último, el argumento más llamativo se encuentra en un recurso que dice que “no ha existido prueba alguna de que haya existido serio y grave riesgo o peligro de conservación de la especie de la pardela cenicienta, máxime si se tiene en cuenta que la pardela cenicienta es un ave migratoria que puede llegar por sí misma a las costas de África en donde no existe protección alguna, pudiendo ser cazadas o manipuladas”, por lo que deduce que la acción de los condenados  “no pone en riesgo la pardela”.

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