TRIBUNALES

El Gobierno defendió en un pleito sobre La Geria la tesis contraria a la que defiende en el caso Stratvs

Los servicios jurídicos de la comunidad autónoma han defendido la validez del espacio natural protegido de La Geria

Zona de La Geria, con la bodega Stratvs al fondo.
Saúl García 0 COMENTARIOS 20/01/2020 - 10:58

Los servicios jurídicos del Gobierno de Canarias han mantenido durante años otra posición contraria a la sostenida en el juicio del caso Stratvs sobre la protección de La Geria como espacio natural.

En un recurso contencioso administrativo sobre la validez del Plan Especial de La Geria, el Gobierno se oponía a la tesis de que esta zona hubiera dejado de ser espacio natural protegido porque no había aprobado un Plan Especial de Ordenación de los Recursos Naturales.

En la sentencia de ese pleito, de 2 de noviembre de 2016, se dice sobre la posible pérdida de eficacia de la declaración de La Geria como espacio natural que “no es aplicable al paisaje protegido de La Geria por cuanto la exigencia prevista en el artículo 15 de la Ley de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y la Fauna Silvestres (…) solo es aplicable, como sus propios textos indican, a los parques y reservas naturales, sin que afecte al resto de categorías de espacios naturales, en concreto a un paisaje protegido, como ocurre en este caso”.

El Gobierno mantenía entonces que para la eficacia de un espacio natural protegido sea obligatorio aprobar en el plazo de un año un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales “solo es predicable de aquellos que tienen la categoría de parques y reservas, pero no a los paisajes protegidos”, por lo que esa tesis no afectaría a La Geria.

La letrada de los dos funcionarios del Gobierno acusados en Stratvs, Faustino García Márquez y Armando Villavicencio, y del exdirector general de Urbanismo, Juan César Muñoz, que es letrada de los servicios jurídicos del Gobierno y que estuvo acompañada en el primer día del juicio por la viceconsejera de servicios jurídicos, Isabel Cubas, sostuvo lo contrario.

Así, la letrada Ana Quintana sostuvo en el juicio que el paisaje protegido de La Geria no es espacio natural desde 1990 porque, si bien La Geria fue catalogada en la Ley de 1987 de declaración de Espacios Naturales de Canarias, con posterioridad no se elaboró un Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN), por lo que habría perdido esa condición. Añadió que el Plan Insular de 1991 no resolvía esa carencia.

La letrada de Transparencia Urbanística, Irma Ferrer, que ejerce la acusación popular, argumentó que la sentencia sobre el Plan Especial de La Geria no recogía los argumentos del Gobierno de Canarias y que es una zona protegida por la Unión Europea al incluirla en la Red de espacios naturales Natura 2000 y al declararla como Zona de Especial Protección de Aves y que “prevalece el derecho comunitario” que tiene una protección más rigurosa.

En el recurso contencioso administrativo contra la aprobación definitiva del Plan Especial de La Geria, también hacía alegaciones Transparencia Urbanística y decía que se oponían a las pretensiones de que se desmantelara por completo la protección del espacio natural y se adherían “a las tesis de los servicios jurídicos del Gobierno de Canarias”.

“Hemos de recordar -señalaban- que cuando se dictaron las sentencias de esta Sala relativas a los parques naturales de Tamadaba, en la isla de Gran Canaria, y de Jandía, en la isla de Fuerteventura, se formularon sendos votos particulares que contenían un planteamiento similar al que aquí se sostiene".

Esos votos particulares "descartaban que la exigencia contenida" en la Ley de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y la Fauna Silvestres "conllevara la pérdida de eficacia de la declaración de espacio natural protegido".

“Del mismo modo que los servicios jurídicos del Gobierno de Canarias, consideramos que este argumento basta para que pierdan completamente su sentido las referencias al Plan Insular de Ordenación cono sustituto de los PORN y la supuesta pérdida de eficacia de la declaración del paisaje protegido de La Geria", continuaban, "porque no cabe extender los efectos" de la previsión de la citada ley "a los espacios naturales que no se correspondan con las categorías de Parque y Reserva Natural”.

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