TRIBUNALES

El expresidente del Cabildo de Lanzarote será juzgado en junio acusado de prevaricar en la incautación de una desaladora

San Ginés se enfrenta a una petición de 12 años de inhabilitación

San Ginés, tras declarar este lunes como testigo en el caso Stratvs. Foto: Adriel Perdomo.
ElDiariodeCanarias.com 0 COMENTARIOS 18/02/2020 - 16:15

El juicio contra el expresidente del Cabildo de Lanzarote y actual portavoz de Coalición Canaria (CC), Pedro San Ginés, acusado de prevaricación por la incautación de la planta desaladora de Montaña Roja, declarada ilegal por los tribunales, se desarrollará finalmente en junio. En concreto, los días 8 y 9, 15 y 16 de junio.

Estaba previsto que el juicio se celebrase durante cuatro jornadas entre los meses de marzo y abril en el Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife, pero la coincidencia del juicio del caso Stratvs, en el que también está acusado José Juan Hernández Duchemín, exgerente del Consejo Insular del Agua, ha provocado el retraso de la vista oral por el caso de la desaladora.

San Ginés está acusado de un delito de prevaricación por incautar la planta desaladora de la urbanización Montaña Roja, en Playa Blanca (Yaiza), en septiembre de 2014. La acusación popular, ejercida por los consejeros de Podemos en el pasado mandato, un grupo que estaba liderado por Carlos Meca, solicita para el expresidente del Cabildo una condena de 12 años de inhabilitación para empleo o cargo público.

En el banquillo de los acusados también se sentarán el exsecretario del Cabildo, Francisco Perdomo, ya jubilado, y el que fuera gerente del Consejo Insular de Aguas, José Juan Hernández Duchemín. También se pide para ellos 12 años de inhabilitación.

La acusación popular considera a los tres acusados responsables de un delito de prevaricación administrativa por "la incautación ilegal” de una planta privada, “al margen de la ley y omitiendo todos los trámites obligados, para entregárselas después a Canal Gestión”.

"La resolución adoptada carece de lógica jurídica alguna, ya que resulta improcedente y absolutamente desproporcionado incautar una instalación privada como medida cautelar sujeta a un expediente sancionador que, como máximo, podía imponer una multa de 7.200 euros", subraya el escrito de acusación.

Según la acusación popular, la incautación se llevó a cabo porque era "la única vía que daba respuesta al capricho del señor San Ginés y su deseo de beneficiar a Canal Gestión Lanzarote por encima del respeto a la legalidad vigente y de la propiedad privada".

“Abuso de autoridad”

De esta forma, Podemos sostiene que el presidente del Cabildo y el gerente y el secretario del Consejo de Aguas se pusieron "de acuerdo" para "entregar por vía de la fuerza y el abuso de autoridad la gestión del ciclo del agua del núcleo turístico de Montaña Roja a Canal Gestión Lanzarote, para que ésta obtuviera pingües beneficios a costa de infringir de forma flagrante y grosera la legalidad vigente".

Además, como "prueba de esos beneficios", destaca que "durante el año que Canal Gestión Lanzarote gestionó las plantas incautadas, hasta que la justicia puso fin a semejante dislate, facturó mil millones de litros de agua más". Concretamente, el agua distribuida por esta empresa pasó de 12.943.938 metros cúbicos en 2014 a 14.302.270 en 2015, según los datos publicados por el Cabildo.

"El señor San Ginés dio cumplimiento a su voluntad adoptando arbitrariamente una medida cautelar no prevista en la legislación sectorial, sin sujeción alguna a un límite de tiempo, mediante una resolución dictada prescindiendo de trámites esenciales del procedimiento (como la audiencia a los interesados o la falta de informe jurídico previo), vulnerando el derecho de defensa del administrado y adoptada sin ser el órgano competente para ello", advierte el escrito de calificación.

Además, la acusación popular pidió que se incorporase al procedimiento la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, "que advirtió de las irregularidades cometidas por el presidente del Cabildo en el concurso de adjudicación del ciclo integral del agua a Canal de Isabel II y que ordenó revisar ese procedimiento", al considerar acreditado que se introdujeron "modificaciones sustanciales" en los pliegos "en beneficio" de esta empresa, destaca Podemos.

"El cúmulo de irregularidades a las que se presta el señor San Ginés para favorecer el negocio de Canal Gestión Lanzarote ha sido puesto de manifiesto por el TSJC desde su origen, es decir, desde la celebración del concurso negociado con publicidad por el que se le concede la gestión del ciclo integral del agua a la filial de Canal Isabel II", subraya el escrito de acusación.

Asesor jurídico "a tres bandas"

En el escrito de acusación de Podemos también se pone en duda "la neutralidad e imparcialidad" del informe elaborado días después de la incautación "por el amigo y abogado del presidente, Ignacio Calatayud, que trabajaba para Canal Gestión mientras supuestamente defendía y asesoraba al Consejo Insular de Aguas como abogado externo".

Dicho informe, "con el que se pretendía justificar a posteriori la incautación de la desaladora", fue ratificado por el secretario del Consejo, Francisco Perdomo, "pese a que él mismo había advertido dos años antes a San Ginés y al resto de miembros del Consejo Insular de Aguas de que este órgano no tenía competencias para ordenar el cierre o la clausura de desaladoras privadas, sino solo para instruir expedientes o imponer sanciones, tal como consta en el acta de la reunión celebrada por el Consejo el 14 de abril de 2014", abunda Podemos.

Sin embargo, añade la formación morada en su escrito de acusación, cuando la incautación se llevó a cabo, "el secretario dio por bueno el informe redactado por Calatayud, sin advertir de la ilegalidad de la medida adoptada ni de la incompatibilidad en que incurría el letrado, que compaginaba su trabajo para Canal Gestión con el asesoramiento de Pedro San Ginés".

"Esta actuación posterior destaca expresamente el esfuerzo realizado para intentar investir de legalidad la incautación, y evidencia el conocimiento de la ilegalidad de la medida adoptada", subraya la acusación popular.

Para Podemos, "dichos actos infringen de forma grosera y flagrante los principios que rigen el procedimiento administrativo, y permitieron de manera gravosa y sin motivación alguna la comisión de graves infracciones de la legalidad que no pueden ser explicadas con una argumentación técnico jurídica mínimamente razonable".

MÁS CLAVES

JUICIO. La causa penal se inició a raíz de una querella interpuesta por la empresa Club Lanzarote, promotora de la urbanización de Montaña Roja, que con posterioridad se retiró del procedimiento tras llegar a un acuerdo con el Cabildo presidido por San Ginés que le permite seguir desalando agua a cambio de pagar un canon.

ALBA. El polémico juez Salvador Alba, condenado a más de seis años de cárcel, desde la Audiencia Provincial archivó en febrero del año pasado la causa para el abogado Ignacio Calatayud, pese a que el Juzgado de Instrucción había apreciado indicios de delito. De hecho, el juez Jerónimo Alonso destacó el “papel principal” de Calatayud en la incautación.

FISCALÍA. Tras el archivo de la causa para Calatayud dictado por Alba, contra el que no cabía recurso, la Fiscalía pidió la absolución de los acusados tras valorar que no se sentaría en el banquillo el considerado como “ideólogo” de la incautación de la planta desaladora de Club Lanzarote.

ACUSACIÓN. La acusación popular fue formulada por el grupo Podemos en el pasado mandato, con el que era portavoz de la formación morada, Carlos Meca, a la cabeza. Los acusados intentaron sin éxito apartar a la acusación popular con el cambio de mandato y la disolución del citado grupo político en el Cabildo.

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